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¿Cómo adoptar en Colombia siendo soltero o pareja del mismo sexo?

En Colombia, los solteros y las parejas del mismo sexo tienen derecho a adoptar. Ese derecho está garantizado por la Corte Constitucional desde la Sentencia C-683 de 2015, que eliminó la restricción que limitaba la adopción a parejas heterosexuales casadas o en unión marital de hecho. En la práctica, sin embargo, hay una brecha entre lo que dice la Corte y lo que ocurre en algunos Centros Zonales del ICBF. Entender esa brecha —y cómo documentar tu idoneidad para navegarla— es lo que determina si el proceso avanza o se estanca.

El marco legal: qué dice la Sentencia C-683 de 2015

La Sentencia C-683 de 2015 de la Corte Constitucional declaró inexequibles las expresiones que limitaban la adopción a parejas heterosexuales. El fallo establece que la adopción puede ser solicitada por:

  • Personas solteras, sin distinción de orientación sexual
  • Parejas del mismo sexo unidas en matrimonio o unión marital de hecho
  • Parejas heterosexuales casadas o en unión marital de hecho (la regla preexistente)

El criterio central que fijó la Corte es el interés superior del menor: la evaluación de idoneidad debe basarse en la capacidad de la persona o pareja para garantizar el desarrollo integral del niño, no en su estructura familiar ni orientación sexual.

Ese fallo es vinculante para todos los Centros Zonales del ICBF en todo el territorio nacional. No es una recomendación; es derecho constitucional.

La brecha entre el derecho y la práctica

Que el derecho exista no significa que todos los funcionarios lo apliquen uniformemente. Colombia es un país con una cultura profundamente religiosa —el 78,2% de la población es católica y el 9,6% protestante o evangélica— y esa realidad cultural permea, en algunos casos, la práctica institucional.

Esto puede manifestarse de distintas maneras:

  • Demoras injustificadas en la tramitación de solicitudes de solteros o parejas del mismo sexo
  • Criterios de evaluación aplicados con mayor rigor o con preguntas orientadas a desestabilizar al aspirante
  • Silencio administrativo que no constituye negativa formal pero genera incertidumbre prolongada
  • En casos más explícitos, referencias veladas a que "la junta" o "el comité" puede no aprobar el perfil

Ninguno de esos comportamientos es legal. La Sentencia C-683 es clara. Pero saber que algo es ilegal y saber cómo responder cuando ocurre son dos cosas distintas.

Lo que aplica para personas solteras

La adopción individual es posible para personas solteras. Sin embargo, hay elementos que el ICBF evaluará con particular atención:

Red de apoyo: Sin cónyuge o compañero permanente, el evaluador verifica con más detalle quién asumiría el cuidado del menor en caso de enfermedad, viaje o emergencia. No es un criterio de exclusión, pero sí debe responderse con claridad: nombra personas concretas, con su relación contigo y su disponibilidad real.

Estabilidad económica individual: En una pareja, los ingresos se suman. Como soltero, el ICBF evaluará si tus ingresos individuales permiten el sostenimiento del menor sin dependencia exclusiva de la cuota de sostenimiento. Los extractos bancarios y los certificados laborales son documentos clave.

Proyecto de vida: El evaluador puede preguntar cómo afectaría la adopción a tu desarrollo profesional y personal. La respuesta debe ser honesta y mostrar que ya has pensado en los ajustes necesarios —no que la adopción no va a cambiar nada.

Perfil de aceptación: La realidad estadística en Colombia es que la espera para un bebé sano menor de dos años es significativamente más larga para todos los perfiles, y aún más para aspirantes individuales. Ampliar el perfil de aceptación (edad, condición del menor, origen) no es obligatorio, pero es un factor que incide en los tiempos reales de espera.

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Lo que aplica para parejas del mismo sexo

Para parejas del mismo sexo, el punto de partida es el mismo que para cualquier otra pareja: la inscripción como familia adoptante ante el ICBF, la evaluación de idoneidad y el proceso estándar de asignación. Las diferencias prácticas son:

Documentación del vínculo: El ICBF requiere acreditar la relación de pareja con un mínimo de dos años de unión. Para parejas del mismo sexo, esto puede hacerse mediante matrimonio civil (disponible en Colombia desde 2016, después de la Sentencia SU-214) o mediante declaración extraprocesal de unión marital de hecho ante notario.

Evaluación psicosocial: Algunos evaluadores pueden incluir preguntas sobre cómo la pareja planea manejar la identidad del menor, posibles experiencias de discriminación, o la reacción de la familia extensa. Estas preguntas no son necesariamente discriminatorias —pueden ser parte de la evaluación de redes de apoyo— pero conviene haberlas pensado antes de la entrevista.

Perfil público: Hay parejas del mismo sexo que prefieren no visibilizar su orientación sexual en ciertos Centros Zonales por temor a un trato inequitativo. Esa decisión es personal y legítima. Lo que no es recomendable es construir una narrativa de pareja que no sea verdadera: las inconsistencias en la evaluación generan señales de alerta que son mucho más difíciles de manejar que la honestidad sobre la estructura familiar real.

Cómo documentar tu idoneidad de manera sólida

La idoneidad en Colombia se demuestra en tres dimensiones: emocional, económica y habitacional. Para solteros y parejas del mismo sexo, agregar una cuarta dimensión —la social— fortalece el expediente:

Dimensión emocional:

  • Historial de relaciones de cuidado: sobrinos, menores en la familia extensa, trabajo voluntario con niños
  • Motivaciones articuladas con claridad y consistencia entre ambos miembros (si eres pareja)
  • Evidencia de haber elaborado el proceso de decisión: no fue un impulso, es un proyecto de vida pensado

Dimensión económica:

  • Extractos bancarios de los últimos 3–6 meses
  • Certificado laboral con antigüedad e ingresos
  • Si eres independiente: declaraciones de renta y estados de cuenta que muestren regularidad de ingresos

Dimensión habitacional:

  • Vivienda con espacio adecuado para el menor (cama individual, armario, espacio de juego)
  • No requiere ser propia: un arriendo estable con contrato vigente es suficiente

Dimensión social (especialmente importante para solteros y parejas del mismo sexo):

  • Cartas de referencia de personas que conocen tu vida cotidiana y tu relación con menores
  • Descripción de la red de apoyo: quiénes estarán involucrados en el cuidado y crianza del niño
  • Si tienes apoyo familiar explícito (padres, hermanos), documenta que esa red existe y es funcional

Qué hacer si encuentras resistencia en tu Centro Zonal

Si experimentas demoras injustificadas, preguntas que parecen orientadas a desestimular tu solicitud, o cualquier trato que consideres discriminatorio, tienes opciones concretas:

  1. Solicita explicación escrita: Cualquier decisión que afecte tu proceso tiene que estar fundamentada. Pide la resolución o el documento que justifique la demora o el rechazo.

  2. Presenta derecho de petición: El derecho de petición obliga al ICBF a responder en un plazo legal. Si hay silencio administrativo, un derecho de petición formalmente presentado genera un registro y un plazo.

  3. Consulta con un abogado en derechos constitucionales: No necesitas un abogado de familia generalista —necesitas uno que conozca la Sentencia C-683 de 2015 y tenga experiencia en tutelas contra entidades públicas.

  4. Denuncia ante la Defensoría del Pueblo: La Defensoría tiene competencia para recibir quejas sobre vulneración de derechos constitucionales en el acceso a servicios públicos, incluido el ICBF.

Para quién es este camino

  • Personas solteras entre 23 y 55 años con estabilidad económica y emocional, red de apoyo identificada, y disposición a ampliar el perfil de aceptación si los tiempos de espera son un factor importante
  • Parejas del mismo sexo con al menos dos años de unión documentada, que han conversado sobre cómo manejar la identidad del menor y la respuesta de su entorno
  • Cualquier persona o pareja que quiera entender sus derechos exactos antes de iniciar el proceso, para no ser sorprendida por prácticas que contradicen la jurisprudencia vigente

Para quién este camino tiene más fricción

  • Personas con un perfil de aceptación muy restringido (solo bebé sano menor de 2 años): la espera es estadísticamente larga para todos, y más aún para perfiles individuales
  • Personas que no han construido una red de apoyo documentable y enfrentan el proceso de manera completamente aislada
  • Parejas que no han formalizado su vínculo y no pueden documentar los dos años de convivencia exigidos

Preguntas frecuentes

¿El ICBF puede negarse a aceptar mi solicitud de adopción por ser soltero? No puede negarse basándose únicamente en el estado civil. Puede rechazar la solicitud si la evaluación de idoneidad determina que no cumple los criterios de capacidad emocional, económica o habitacional, pero esos criterios aplican a todos los solicitantes por igual.

¿Cuánto tiempo puede durar la espera siendo soltero en Colombia? Los tiempos varían significativamente según el perfil de aceptación. Para menores de mayor edad, con condiciones de salud específicas, o de regiones particulares, los tiempos pueden ser menores que para bebés sanos. El ICBF no publica estadísticas desagregadas por estructura familiar del adoptante, pero la guía incluye los rangos reales según perfil.

¿Puedo adoptar a mi hijastro siendo pareja del mismo sexo de su padre o madre biológica? Sí, bajo la figura de la adopción por consentimiento. La Sentencia C-683 también habilitó esta posibilidad para parejas del mismo sexo. Requiere el consentimiento del padre o madre biológica y el proceso de evaluación de idoneidad estándar.

¿Mi orientación sexual puede ser causa de rechazo en la evaluación psicotécnica? No legalmente. Los tests psicotécnicos estandarizados no evalúan orientación sexual. Si la orientación sexual fuera la razón documentada de un rechazo, sería una causal de nulidad de la resolución y un fundamento para tutela.

¿Debo decirle al Centro Zonal que soy pareja del mismo sexo desde el principio? No hay obligación de anticiparlo fuera de los documentos de registro. Sin embargo, ocultar activamente la estructura familiar real puede generar inconsistencias que se detectan en la entrevista semiestructurada. La posición más sólida —aunque no siempre la más cómoda— es la honestidad desde el inicio respaldada por el conocimiento de tus derechos.

¿Una pareja del mismo sexo puede inscribirse también como hogar sustituto? Sí. La misma jurisprudencia que abrió la adopción abrió la posibilidad de ser hogar sustituto. El proceso de evaluación de idoneidad es el mismo que para cualquier otra familia.


La Guía de Hogar Sustituto y Adopción en Colombia incluye un capítulo específico sobre adopción por solteros, parejas del mismo sexo y familias recompuestas: el marco jurisprudencial real, qué esperar en la práctica en los Centros Zonales, cómo documentar la idoneidad de manera sólida, y qué herramientas tienes si encuentras resistencia. Está verificada contra la jurisprudencia de la Corte Constitucional vigente a 2026. La encuentras en adoptionstartguide.com/co/hogar-sustituto-y-adopcion/.

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